En la vida de un funcionario, como en la vida de cualquier otro trabajador, puedes llegar a un momento en que quieras hacer otra cosa en tu carrera. Si está casado, puede solicitar una excedencia voluntaria por interés particular. Estos son los requisitos y condiciones que acompañan a esta decisión.
Si trabajas para la Administración, seguro que sabes que los funcionarios no se rigen por el Estatuto de los Trabajadores, sino por el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Además, también les afecta la relativa a la Administración que pertenezcan y la comunidad en que se encuenten. Por eso sus excedencias difieren un poco de las del resto de empleados. La información que exponemos a continuación te afecta y herejía funcionario de carrera, interino, personal laboral o personal eventual.
Antes de empezar ten esto en cuenta
Cuando te coges una excedencia, dejas de ejercitar tu carga por un tiempo. Es un plazo que no se computará a la hora de obtener un ascenso, acumulación de tres años y otro tipo de derechos relacionados con el cómputo de jornadas de la Administración.
Se suspende su relación jurídica con esta entidad, pero no en el estatuto. Es decir, seguirás siendo oficial o, si eres laboral, tu contrato no se habrá extinguido. Esto es lo que le permite volver a ingresar al servicio activo.
Pueden negarte un permiso de ausencia, especialmente si eres un empleado temporal
La Administración está obligada a conceder la licencia, salvo por necesidades del servicio. En el caso de los internos y del personal laboral, se supone que su lugar está vinculado precisamente a las necesidades provisionales o temporales de la Administración. Y es en este punto donde puede chocar con la solicitud de la excedencia, surgida del caso.
La otra salvación es que se tenga abierto un expediente disciplinario. Si estás en esta situación, puedes spedirte de solicitar una excedencia voluntaria, pues es muy improbable que te la concedan.
En cualquier caso, y la Administración te deniegue el permiso, aún tienes la oportunidad de solicitarla por via judicial. De un modo u otro, si consigés la aprobación, que no te falte una prueba escrita de ello.
Requisitos que debes cumplir para solicitar la excedencia voluntaria
Según el EBEP, antes de poder pedir una excedencia, tienes que haber trabajado los últimos años para la Administración. este es el requisito puede variar segun la comunidad en la que se encuentre el organismo publico para el que trabajes. En algunos casos, se requiere un mínimo de 2 años. Y sois personal laboral, se os pedirá al menos un año de antigüedad en la misma Administración.
También puedes solicitar uno licencia voluntaria por grupo familiar. Esto se hace en ciertos casos; por ejemplo, cuando el conyuge reside en otra localidad y se está a la espera de destino definitivo. Por este tipo de excedencia, no se le exigirá una antigüedad mínima.
¿Cuánto puede durar la excedencia de un funcionario?
Depende, de nuevo, de la entidad para la que trabaja y en qué comunidad se encuentra. Lo que establesca el EBEP de manera es que la excedencia voluntaria por interes particular no puede solicitarse por menos de un año. Y, como máximo, se podrá disfrutar de los mismos años que se lleva trabajando para la Administración, con un top de 15 años. Sin embargo, hay comunidades donde el plazo máximo es de 10 años o donde el plazo mínimo es de 2 años. Cada caso individual debe ser consultado.
¿Tienes derecho a conservar el puesto?
Lo que se indica en el reglamento general, salvo convenios colectivos específicos, es que nadie tutela el derecho a conservar la posición concreta. Lo que sí se otorga es el reingreso al servicio activo. Esto quiere decir que para volver a tu posto de trabajo puede que te pidan participar en una concurso de méritos o de designación libre. También existe la posibilidad de admisión provisional.
Sí Sí no descuides el plazo de reingreso. En la resolución de la excedencia se deberá guardar la constancia de su duración máxima. Si no solicita el reingreso dentro de este plazo, dejaría de pertenecer al funcionariado.