Con la nueva reforma laboral, los contratos de formación y aprendizaje y los contratos en prácticas se sustentan por el el contrato entrenamiento en alternancia y él el contrato dinero para obtener de la práctica profesional, respectivamente.

aunque desde el 30 de marzo solo se pueden suscribir estos nuevos contratos, habra un periodo de transicion en el que seguirán valides los contratos de la modalidad anterior (formación y aprendizaje). Por lo tanto, coexistirán las cuatro modalidades.

soy un cobarde características principales de los nuevos contratos que vinculan formación y actividad laboral.

Contrato formativo alternativo

El contrato formativo en alternancia sustituye al contrato para la formación y el aprendizaje.

  • Por la duración del contrato es la que esté prevista en el plan formativo. Sin embargo, debe tener una duración mínimo de tres meses y máximo de dos años. Es prorrogable y ambas partes están de acuerdo, y aún no se ha obtenido el título, pero se ha respetado el máximo de dos años.
  • Entre los requisitos para poder firmar un contrato de formación en alternancia, se debe cumplir que se trata de personas sin título profesional reconocido para el título que estudia. Aunque, en el caso de que se tenga otra titulación, se podrá acceder a un contrato trativo siempre que se haya tenido uno del miso nivel trativo y en el miso sector productivo.
  • es un contrato no contempla periodo de prueba. La actividad que se desarrolla tiene que estar directamente con la formación. Y hay un limitado para el tiempo efectivo de trabajo: el primer año no puede ser superior al 65%, y el segundo año no puede ser superior al 85% del día máximo que contempla el contrato.
  • Hay un límite de edad sobrio (flexible) ya que, como norma general, no porgano suscribirlos los mayores de 30 años y la capacitación es sobre certificados de profesionalidad nivel 1 y 2 o pertenecientes a programas públicos. Pera trabajadores con discapacidad no hay limite en la vejez Pero, también habrá límite de edad si los estudios con los que se compagina son universitarios, de formación profesional o certificados de profesionalidad del nivel 3.
  • Él paga que cobre alguien que tiene un contrato de formación en alternancia no será inferior al 60% en el primer año ni al 75% en el segundo año del salario que figura en el convenio según el nivel y la categoría profesional. En ningún caso bajo el SMI.

Otras caracteristicas de este contrato es que establece que se designe un tutor por parte de la empresa y otro de la formación y que, tras su finalización no se pagará ninguna indemnización.

En cuanto a los incentivos para empresas, se bonificarán el 100% de las cuotas de seguridad social del trabajador y de las cuotas empresariales si la empresa tiene menos de 250 trabajadores (y este importe es superior al 75%). Se paga por la totalidad de las contingencias de la Seguridad Social, también para el desempleo como novedad.

Una vez que veo el final del contrato de formación en alternancia, y esto se convirtió en un contrato indefinido la empresa obtendría 1.500 euros en bonos de las cuotas durante los tres primeros años y de 1.800 euros y soy mujer.

Contrato formativo alternativo

El contrato práctico se convierte en contrato profesional

Por otro lado, él sería contrato para obtener ejercicio profesional (antes contrato en prácticas).

  • La duración de este contrato no puede ser inferior a seis meses ni superior a un año. Con el contrato anterior, el contrato máximo se fijaba en dos años.
  • Será necesario contar con el titulo universitario u otra titulación de grado medio o superiorespecialista, máster o profesional o un título equivalente que capacite para el desarrollo de esa actividad laboral.
  • Solo se puede firmar dentro de los tres años posteriores a la finalización de la formación relacionado. A cinco años y es una persona con discapacidad.
  • En este caso si que hubiera un periodo de prueba de un mes.
  • La retribución será la fijada en convenio colectivo para estos contratos. En ningún caso bajo el SMI.

La empresa desarrollará un plan de formación individualizado, porque el objetivo es obtener la práctica profesional. Al igual que para el contrato en alternancia, se le asignará un tutor. Por último, se tierra derecho a la certificación de la práctica.