Cuando inicias una actividad por cuenta propia, surgen muchas preguntas sobre el papeleo que tienes que hacer para llevar todas las cosas que necesitas hacer. Por un lado, hay que cumplir con Hacienda y, por otro, con la Seguridad Social. Vayamos por partes, hoy te contamos los pasos que debes seguir si estás empezando como Lanza libreautónomos o autónomos en el momento de cotizar a la Seguridad Social.

Cómo darse cuenta de alta en la Seguridad Social

  • Lo primero que debes hacer es Darte de la como autónomo en hacienda porque, cuando notifica a la Seguridad Social tu nueva situación como cotizante, es necesario haber obtenido el acta censal y el alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • Como máximo 30 días después de que haya completado estos trámites, el siguiente paso es afiliarte y en cambio es RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Para ello tendrás que descargar el modelo TA 0521 de la web de la Seguridad Social, rellenarlo y presentarlo. Podrás hacerlo online si dispones de un certificado electrónico o Cl@ve; personalmente, puede entregarlo en la oficina correspondiente de la Seguridad Social.
  • Prepara bien la documentación. Te pedirán el DNI o NIE, el otro en el censo de profesionales (modelo 037) y el Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (modelo 840). Si ya has estado dado de alta antes como autónomo, también terás que adjuntar o presentar tu tarjeta de afiliación a la Seguridad Social.

Cómo darse cuenta de alta en la Seguridad Social

A la tarifa plana: bonificación por inicio de actividad

En cuanto estés dado de alta, mes a mes, te irán pasando el recibo de autónomos en la cuenta que hayas facilitado a la Seguridad Social. Si es la primera vez que te pones por tu cuenta, puedes beneficiarte de una bonificación en los primeros meses de actividad en la cuota mensual, la llamada tarifa plana.

  • durante el primer año de actividad solo tanderas que pagar 60euros (antes de 2019 eran 50 euros).
  • En los ses meses siguientes la cuota que tieras que pagar aumenta hasta el 50% de la cuota que te correspondería sin bonificación. Y cotisas por la base mínima, est import será de 143,10 euros.
  • tu continuaras seis meses mas el pagó 70% de la cuota que te corresponde (200,30 euros, y es como mínimo).
  • Y, y eres hombre menor de 30 o mujer menor de 35, seis meses más amplía la bonificación del 30%. Es decir, pagarás lo mismo que en el tramo anterior.

Es conveniente que te informes en la TGSS sobre tu caso en concreto porque hay situaciones en las que no podrás pedir tarifa plana. Una de ellas es ser colaborador autónomo, es decir, pertenecer al régimen especial para familiares de los autónomos. En este caso tienes otro tipo de bonificaciones. Ahora bien, antes no se podia acceder a la tarifa plana y eras autónomo societario y ahora sí.

Por otro lado, si estás trabajando a la vez por cuenta ajena y por cuenta propiaconviene que revise bien los requisitos porque también hay incompatibilidades con la tarifa plana.

Configurar por cuenta propia como Lanza libre supone invertir un tiempo en arreglar papeleo y llevar al día las cuentas. Una buena organización ayudará a que no se te pase nada.