Cuando un trabajador estima que su empresa ha cometido una injusticia contra él y quiere interponer una demanda, el primer paso es interponerla documento de conciliación Laborales ante los servicios de mediación, arbitraje y conciliación (llamados, según comunidad autónoma, SMAC, CMAC, UMAC, etc.).
Estos organismos públicos citan a las dos partes a una reunión para intentar que se pongan de acuerdo y evitar una demanda: es el llamado acto de conciliación. ¿Cómo puedes concluir este encuentro y que sucede despues?
Los posibles resultados
el acto de conciliación acuden las partes interesadas —el trabajador y la empresa o los representantes del uno y la otra— y el llamado letrado conciliador, abogado de la Administración. Este letrado no interviene en ningún sentido; sencillamente da fe de la celebración del acto y registra el resultado. Y este puede ser uno de los cuatro siguientes:
- Retiroy no se presenta el trabajador o manifiesta que quiere retirar la papeleta de conciliación.
- con avenenciacuando las partes lleguen a un acuerdo.
- sin avenenciacuando las partes no pueden llegar a un acuerdo.
- Sin efectocuando no se presenta la empresa.
Y fracasó la conciliación laboral
Y él acto de conciliación concluye «sin aveniencia» o queda «sin efecto», la demanda del trabajador sigue su curso. En tal caso, el siguiente paso es presentar la demanda ante el juez de lo social correspondiente (es decir, corresponde al domicilio del centro de trabajo). La instancia debe ir acompañada del acta del letrado conciliador: así demesta el demandante que ha habido un intento de conciliación, aunque ha tenido éxito. Sin esta prueba, el juzgado no admitirá la demanda.
Para el trabajador, el tiempo apremia, pues el plazo para presentar la demanda ante el juzgado suele ser breve. Por ejemplo, si la demanda es por despido los plazos funcionan asi: el trabajador tiene 20 días hábiles para presentar a la conciliación papel. Cuando lo hace, el cómputo se detiene y se queda en suspenso hasta que concluye el acto de conciliación. Es decir: si presidante la papeleta de conciliación a los 12 días de conocer el despido, redactó el acta de conciliación solo le quedarán 8 días para presentar la demanda ante el juzgado.
Uno veo presentado al pleito, juzgado la aviso a la empresa ya arreglé uno fecha para el juicio.
Y si hay acuerdo, ¿Qué derechos tiene el trabajador?
Perdido acordado alcanzado ante los servicios de mediacion son de obligado cumplido para las dos partes, y tienen la misma yo valido que una sentencia judicial. Por tanto, si se llega a un acuerdo pero la empresa no lo cumpleel trabajador puede carga al juzgado el cumplimiento forzoso del acuerdo media un procedimiento de ejecución. Ello puede conducir, por ejemplo, al embargo de los bienes de la empresa para que satisfaga la cantidad acordada en el acto de conciliación.
Por otro lado, el trabajador puede impugnar el acuerdo en un caso muy particular: si considera que existieron vicioso en su consentimientoes decir, si cree que la empresa logró el engaño o la coacción para lograr que signase el acordeón de conciliación.