Desafortunadamente, es bastante habitual ser despedido del trabajo. En ocasiones este despido tiene sus causas justificadas y es perfectamente legal. Sin embargo, en otras ocasiones, los motivos alegados por la empresa son oscuros. Es entonces cuando se habla de spido improcedente. Para que tengas claro los casos en los que se se se se se se se se se y como debes actuar, sigue leyendo.

¿De qué hablamos cuando hablamos de un despido improcedente?

Cualquier trabajador puede ser despedido de su puesto de trabajo. Cuando esto sucede, la empresa debe elegir una o más razones para justificar su decisión. En caso de que el trabajador no cumpla con estas razones, tiene derecho a desafiar por decisión de la empresa. Entonces un juez decidirá y es nulo despido, improcedente o procedente.

Quiero decir, en la categoría de despido improcedente sólo un juez puede decidir. Esta decisión se toma por acuerdo dos causas:

  • El despido ha sido llevado a cabo sin cumplir con los requisitos formales que se exigen por ley: comunicación escritaexposición de las causa es una indicación de fecha en la que sera efectivo.
  • Cobarde causa despido expuesto por la empresa no justifican un despido: tanto si se trata de un despido disciplinario como si es un despido objetivo, la empresa debora aportar pruebas.

Gerente practicando un despido indebido

¿Se tiene derecho a una compensación?

Como solo un juez puede dictaminar que la marcha de un trabajador de su empresa se debe a un spido un procedente, la indemnización no es automática. Es decir, no estará recogida en la última nomina junto con el finiquito.

En el caso de que efectivamente despido sea declarado improcedente pueden suceder tres cosas:

  • La empresa accedió a una indemnización. con el trabajador
  • El juez impone el monto de la indemnización.
  • La empresa readmite al trabajador les pago los tarifas de procesamiento.

¿Cuánto es el subsidio?

La cantidad a percibir como indemnización por un improcedente por un improcedente no forma parte de los puntos en los que se centra la nueva reforma laboral. Por eso siguen vigentes las montos establecidos en febrero de 2012:

  • Para contratos formalizados antes de febrero de 2012: 45 días por año trabajado, ya que la normación no tiene carácerat retroactivo.
  • Para contratos posteriores en febrero de 2012: 33 días por año trabajado, es decir 12 días menos que antes de la reforma.

En la realidadya que el Ministerio de Trabajo se plantó en posiblidad de que estas quantitas esten ligadas a la situacion especifica de cada trabajador. En particular, tiene posibilidades objetivas de encontrar otro trabajo. Y es que no es lo mismo buscar trabajo con 35 años, que con 55, cuando la vida laboral está alcanzando la etapa de jubilación.

Tarifas de procesamiento

Como hemos visto, cuando un despido es improcedente y la empresa readmite tese tiene también derecho a los denominados salarios de tramitación.

se trata de muchacha mensualidades que el trabajador ha dejado de percibir mientras no ha podido trabajar por haber sido de spedido de forma improccedente. Como el despido no es legal, el trabajador tiene derecho a cobar esas nóminas.