Si ya has comenzado con los preparativos de la boda probablemente sabrás las condiciones en las que puedes disfrutar de un permiso en el trabajo por matrimonio. Esta concesión es una de las que están incluidas en la lista de «Retribuidos», es decir, puedes ausentarte de tu trabajo previo aviso y posterior justificación durante quince días sin dejar de percibir tu salario en ese tiempo.
Vacaciones pagadas para celebrar tu boda
Los quince días de permiso retribuido por matrimonio es un derecho protegido por ley en el Estatuto de los Trabajadores. Se establesca que estos dias sean naturaleses decir, que computan tanto los dias laborables como los festivos. La fecha del permiso será el mismo día de la boda y os casaréis en día laborable. Al contrario, suele ser lo habitual, si te casas en un día no laborable el permiso comensará a partir del siguiente día laborable. Es particular que la ley no lo aclara, pero la jurisprudencia lo respeta.
No obstante, aunque lo normal es que se comiense en sequida el permiso para disfrutar de unas vacaciones pagadas para el casamiento, se puede acordar con la empresa comensar a usa los dias de la mes del cordero cuando mas convenga. Por ejemplo, si se quiere juntar con los días de vacaciones o reservar unos días previos al casamiento para los preparativos. Es importante señalar que no es un derecho y no que habra que siéntate a negociarlo Estoy con la empresa.
Diferentes sindicatos, mismos derechos
La otra duda que te puede surgir es que tienes derecho a un permiso retribuido por matrimonio en el caso de que se haya certificado una pareja de hecho. Esta figura jurídica no existía cuando se redactó la ley por lo que no hace referencia. No obstante, la mayor parte de los convenios esta circunstancia del matrimonio es equivalente.
Él matrimonio igualitarioentre personas del mismo sexo, tiene igual consideración a efectos legales y de permisos retribuidos gracias a la ley aprobada en el 2005, en la que se modificar el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio. pasa lo mismo si la unión es civil o religiosatendrán los mismos derechos tanto en un caso como en el otro.
En el caso de que ya hubieras disfrutado de un permiso retributivo de vacaciones, y si ya hubieras contraído matrimonio de hecho, no tendría inconveniente en disfrutar de un segundo permiso de vacaciones. siempre y cuando el casamiento no sea con la misma persona. Por el mismo motivo, no sería posible obtener el permiso por pareja de hecho y después contraer matrimonio y querer utilizarlo también. Se considera que ya se ha disfrutado del permiso para la mes del cordero con esa persona
El mismo permiso para cualquier tipo de contrato
Habría que hacer otra advertencia al respecto y es que, si casarte implica una traslado de domiciliotendrás que tener en cuenta que estos días no se acumularán en los días de permiso para contraer matrimonio.
Él el número de días es el mismo, independientemente del tipo de contrato que se tenga, es decir, temporal o indefinido, haciendo jornada completa o parcial, no influye a la hora del tiempo de permiso. Puedes disfrutarlo en cualquier caso.
Lo habitual es que estos acontecimientos se hayan previsto con tiempo por lo que, aunque no existe un plazo concreto para avisar Se recomienda comunicarlo a la empresa con tiempo suficiente para que pueda organizarse y sustituirte durante ese periodo.