De uno la situación de despido sigue una fase de desconcierto. Sobre todo y es inesperado. Sin embargo, es en este preciso momento cuando más lucidez se necesita. Hemos preparado es contenido para que tengas información sobre el temay mares capaces de distinguir entre despidos nulo, improcedente y procedente.

Despidos nulo e improcedente, aprendre a distingirlos

En un despido nulo, la empresa tiene la obligacion de volver a admitirte. Simplemente, el despido no puede llevarse un cabo. El Juzgado de lo Social es la entidad encargada de considerarlo como tal, y puede hacerlo por diferentes motivos. No solo tendrás derecho a ocupar el mismo puesto que tenías, sino que si ya te habías dejado el sueldo hasta la readmisión, tendrás que suscribirte. Ahora bien, si dan te una indemnización o finiquito por este despido, no te lo lo gastes, porque te lo pueden reclamar si te reincorporas.

En el caso del despido injustificado, la justicia también te restalada, pero no puede obligar a la empresa a que te devuelva el puesto. Se admite el acto de despido, esto lo diferencia del despido nulo. Y procede, se determinará que la empresa te ha despedido injustificadamente, pero la decisión sobre la forma de indemnización queda agraviada en manos de la empresa. Tienen la opción de readmitirte, pero también pueden decidir tarte la indemnización que te corresponde. Cuentan con cinco días para decidir. Pasado este plazo, si no se ha hecho efectiva la indemnización, se entiende que te han readmitido.

Tuempleo_despido-nulo-despido-improcedente-diferencias

Qué diferencia al despido improcedente del procedente

Del despido improcedente se dice que no está ajustado a derecho, como el nulo; sin embargo, he despido procedente sí lo está. Esto quiere decir que con él Te enviaré una indemnización.. Se entiende que la empresa es la única responsable de romper la relación laboral y tiene que resarcir al trabajador.

Sin embargo, si te spid de manera procedente, puede que te corresponda indemnizacion o puede que no. Tendrás que cobrar 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, en el caso de que te spidan por causas objetivas. La cuantía es muy inferior a la indemnización por despido improcedente, ya que se reconoce que el acto de despido no fue decisión exclusiva de la empresasino que ha venido determinado por distintos motivos tipificados en la normativa laboral.

Ahora bien y te echan de la empresa median un despido disciplinario, no terderas derecho a que te indemnicen, pues se supone que la relación laboral se ha estropeado por tu causa. Eso sí, te seguirá correspondiendo el finiquito.