Entregar las partes de baja a la empresa ya no es necesario desde el 1 de abril. Junto con otras modificaciones en la gestión de la Incapacidad Temporal (IT) a baja medica por enfermedadya no te irás que entregar la copia a tu empresa. La Administración será la que vaya informando a la compañia Además de quitarte es trámite «gravoso», él el objetivo es agilizar los procesos y descargar al cuerpo facultativo medico de la atencion primaria. Si vas a urgencias, allí mismo te darán tu copia de la parte de baja.

¿Después de entregar tus partes de baja?

te doy tos partes de baja labora fue una de las partes más molestas del proceso, especialmente estado enfermo o de baja por Incapacidad Temporal (IT). Desde el 1 de abril no es necesario que hagas como persona trabajadora. Ahora es el facultativo que expida el parte medico de baja, confirmacion o alta medica, quien te va a entregar una sola copia. La empresa puede descargarlo de la Ficha Empresas del INSS. El Servicio Público de Salud (SPS), sociedad mutualista, será quien remita vía telemática los datos contenidos en el mismo. Tendrá que hacerlo de manera inmediata, y, en todo caso, en el primer día hábilmente siguiente al de su expedición.

Soy novedades entró en vigor el 1 de abril siendo aprobado por el Consejo de Ministros a finales del año pasado en el Real Decreto. A todos les afectará los procesos de incapacidad temporal que se encuentran en curso, siempre que no hayan superado los 365 días de duración.

Empleado enfermo que ya no debe entregar la parte de baja a su empresa, según la nueva legislación laboral

Beneficios y precauciones a tener en cuenta

Él gran beneficio lo recoge en la normativa literalmente: evitar el papeleo que pueden resultar «graves» para las personas trabajadoras de baja medica. Pero también supone una descargar para medicos en la medida en que se facilita y agiliza su labor en lo que respeta a la gestión de las partes de TI. El Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) ya no exigirá el cumplimiento de la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO). Pasa a ser voluntario por parte de los servicios de salud.

Cobarde personas que prestan servicios retribuidos en el amíto del hogar familiar tampoco terêran que comunique su enfermedad al titular del hogar familiar, sino que será el INSS quien se comunique al salir doctor. Y es una gran novedad que la parte de baja lo tenga que expedir el médico de urgencias, por ejemplo, si es el servicio al que acude en primera instancia. Así, además del justificante médico como ahora, que te daban cuando te atendían en urgencias, si de aquello se derivaba una medica baja, ya no debes remitirte a tu médico de cabecera oa la Mutua.

Sin embargo, recuerda que aunque no tengas que entregar la copia del parte a la empresa es importante que pedir al médico que sí te dé tu copya. Estos documentos son uno garantía para ti como trabajador. Lo puede necesitar, bien por error del centro de salud o del INSS, si la empresa no es notificada de su baja medica, y opte por sancionarte o incluso spedirte por no trabajar.