Cuando te encuentres en una situacion de empleo o crees que pronto lo estaras, te surgiran muchas dudas. Una de las más frecuentes es la duración del paro. No sabes cuándo volverás a buscar trabajo y te preocupa cómo mantenerlo hasta que esto suceda. Hemos elaborado una lista de dudas que suelen surgir sobre el cálculo del pelo y la duración de la prestación.

¿A partir de cuántos días trabajé tengo derecho a paro?

Si ha trabajado y ha cotizado 360 días, tiene derecho a la predenzada por desempleo. No tienen por qué ser seguidos, te contarán lo que hayas acumulado durante los últimos 6 años. Eso sí, siempre que no haya empleado estas cotizaciones para cobrar un paro anterior.

¿Cuál es el número máximo de días que puedo cobrar en efectivo?

Si has trabajado más de 6 años, tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo durante 2 años o 720 días. Este es el tiempo máximo que se puede cobrar, independientemente de que se hayan superado las 6 cuotas exigidas en muchos años.

¿Cuántos días de paro me corresponden exactamente?

Se establece una correspondencia de plazos para periodos de días cotizados:

  • De 360 ​​a 539 días cotizados: 120 días de prestación.
  • De 540 a 719 días cotizados: 180 días de prestación.
  • De 720 a 899 días cotizados: 240 días de prestación.
  • De 900 a 1.079 días cotizados: 300 días de prestación.
  • De 1.080 a 1.259 días cotizados: 360 días de prestación.
  • De 1.260 a 1.439 días cotizados: 420 días de prestación.
  • De 1.440 a 1.619 días cotizados: 480 días de prestación.
  • De 1.620 a 1.799 días cotizados: 540 días de prestación.
  • De 1.800 a 1.979 días cotizados: 600 días de prestación.
  • De 1.980 a 2.159 días cotizados: 660 días de prestación.
  • A partir de 2.160 días cotizados: 720 días de prestación.

Haciendo cuentas para calcular el paro

¿Tengo menos días de paro si él trabajó por tiempo?

No tienes menos días en absoluto. Lo que varía si trabajas a media jornada es la cuantía, pero no la duración del paro.

Antes de 2018 sí varió la duración, pero la cambió en ese año a partir de una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que consideraría discriminatoria esa forma de calcular el paro. Esto supuso un cambio en la regulación a través del Real Decreto 950/2018.

Hoy dia, cuentan como cotizados todos los dias que han pasado desde el alta del trabajador o trabajadora hasta la baja. Da igual que unos días se trabaje y otros no. Formerly si las horas de la semana estaban repartidas en tres días en lugar de cinco, solo se contaba como cotizados esos tres días.

Tenía reducción de jornada cuando me despidieron

Como en el caso anterior, la duración de tu viaje no es lo que determina los días que pagarás por desempleo. Cada día hábil cuenta como un día fiscal.

Todavía me quedan días de vacaciones por disfrutar

Si te han despedido y no habías disfrutado aún las vacaciones, se considerará que sigue de alta hasta que no transcurran estos días. Los cotizárás y los cobrarás como días trabajados. Cuando finalice este periodo es cuando se considerará que estás en situación de empleo. Ten en cuenta que debes solicitar el paro en los 15 días siguientes a que finalicen tus vacaciones.

¿Qué sucede si se trabajó menos de 36o días?

En este caso, y si ha cotizado al menos 3 meses, puede haber generado el derecho a cobrar el subsidio por desempleo. La duración dependerá del tiempo de trabajo.

Si me sale un trabajo, ¿me guardan los meses de paro cuando acabe el contrato?

Si empiezas a trabajar y estabas cobrando el paro puedes interrumpirlo. Cuando finalice el contrato, tendrás la opción de reanudarlo si no han transcurrido más de 2 años. Aunque también es posible compatibilizarlo con el puesto de trabajo.