Durante un tiempo ha sido legalmente despedido un trabajador si faltaba al trabajo por estar enfermo de manera reiterada. Este reglamento fue derogado el año pasado. Ya no pueden spedirte por estar enfermo. Ahora bien, hay otros motivos por los que faltar al trabajo puede sancionarse con un despido, ¿quieres saber adecuados? Te lo contamos en este artículo.

¿Cuándo sí pueden despedirte por faltar al trabajo?

Por mucho que lo trate de justificación, si faltas al trabajo por una causa que no esté recogida en la normita laboral o bien en tu convenio, será una falta sin justificar. Y, como tal, pueden llegar a despedirte por este motivo. Si la falta es puntual, se podra llegar a un acuerdo con la empresa, recuperando las horas, por ejemplo. Pero estoy repetido, será motivo de despido disciplinarioes decir, procedente.

Tal como contempla lo la ley en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadoresuna de las causas en las que se puede basar un spido disciplinario es «faltas de asistencia o puntulidada repetidas e injustificadas».

La ley ya no ampara el despido por faltas de asistencia al trabajo justificadas

En febrero del año pasado se derogó el controvertido artículo 52 d del Estatuto de los Trabajadores que limitaba el derecho a enfermarse. Y perdió más del 20% de su día durante dos meses consecutivos a pesar de que estuvo enfermo, pueden ser despedidos por razones objetivas. Actualmente no es así. Esta normativa fue aprobada durante la reforma laboral de 2012 y la derogación ha sido una de las promesas del actual gobierno.

Detrás de esta derogación está también el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obligó, mediante sentencia, a corregir este artículo. El motivo era que atentaba contra el derecho a la no discriminación por razón de la discapacidad, lo que colisiona con una de las directivas de la Comisión Europea. De hecho, este artículo ha sido denunciado porque perjudica especialmente a las personas con discapacidad, las mujeres y las personas de edad avanzada.

La ley ya no ampara el despido por faltas de asistencia al trabajo justificadas

¿Qué derechos a usar también están protegidos del despido?

Hay una serie de ausencias justificadas que, independientemente de los días que caigan, no constituyen un motivo de despido objetivo. Estas son las siguientes:

  • poro huelga legal
  • debido a la Representación legal de los trabajadores
  • ocasional por un accidentes de trabajo
  • Las ausencias por permiso de maternidad y paternidad
  • poro riesgo durante el embarazo y lactancia
  • Debido a enfermedades causadas por el embarazodoy a luz a una mujer lactante
  • Vamos a licenciarlo vacaciones
  • Motivadas por una enfermedad o accidente no laborar con una duración de más de veinte días consecutivos
  • Las faltas de asistencia al trabajo por problemas físicos o psicológicos derivados de la violencia de género
  • debido a un tratamiento para el cáncer u otras enfermedades graves