Hablar de vacaciones tras las vacaciones no es de muy buen gusto, es verdad. Pero nos queremos centrar en aquellas personas que aún no disfrutan de los suyos por causas diversas y se hacen preguntas y podrán juntarlos con los del año que viene. Si has trabajado desde el uno de enero y, previsiblemente, terminarás el año en la misma empresa habrás acumulado el derecho a treinta dias de vacaciones. dos dias y medio para cada comida trabajar ¿Cómo y quién decide cuándo y cómo se pueden tomar las vacaciones no disfrutadas?
Los convenios mandan en la planacion de vacaciones
Para poder resolver esta cuestión vamos a ir a la regla básica, el Estatuto de los Trabajadores. Este reglamento establece que en la fecha del día de descanso se fija entre empresa y trabajador teniendo en cuenta la planacion de estos dias descanso retribuido de la templatela acordado en los convenios colectivos. Por otro lado, cada empresa decidirá su calendario de vacaciones en función de las previsiones en cuanto a volumen de trabajo a lo largo del año.
En este sentido, tanto este año como el anterior han sido excepcionales debido a las restricciones y otras circunstancias a las que ha obligado a la pandemia. Muchas compañías han visto trastocados sus tiempos y flujos de trabajo. Ha sido mas dificil que nunca organizarse y hay quienes todavía tienen vacaciones pendientes para disfrutar. En estos casos, si es la empresa la que ha impedido que se tomen vacaciones dentro del año podrá acumularse a las del año siguiente.
¿Se pueden acumular las vacaciones no disfrutadas para juntar muchos días el año que viene?
Pero si los motivos están parte del trabajador, dependiendo de cuáles sean estos, las empresas pueden ser más o menos flexibles. en principio me despido vacaciones deben disfrutarse dentro del año en el que se devengan, es decir, en el que se genera el derecho a las mismas. Pero se puede llegar a un acuerdo con la compañía para tomarlas en el año siguiente. Todo depende de lo bien que se sepa negociar. En la práctica, muchas empresas permiten a la plantilla que finiquite sus vacaciones anual en una fecha límite del año siguiente.
y en la empresa no ha puesto ningun impedimento para disfrutar de las vacaciones durante el año que se ha generado y el trabajador no se las ha tomado pueden llegar a perderse, como se ve en algunas oraciones. Y no podrán pagar. Solo y él completa el contrato. corresponderá pagar las vacaciones no disfrutadas en lo que se conoce como finiquito, la cuenta final.
Vacaciones no disfrutadas e incapacidad temporal o permiso de ternidad
Si se dan las circunstancias de que, aun teniendo en cuenta estas condiciones, no se llega a un acuerdo con la empresa sobre los días de vacacionesse puede llevar a cabo la pregunta hasta los tribunales que decidirán sobre las fechas en las que se pueden disfrutar.
Pero ese no es el caso de esas vacaciones que no se han podido disfrutar debido a una baja por incapacidad temporal o uno permiso de maternidad o paternidad. Si la causa es una enfermedad o accidente que obligue a estar de baja las vacaciones podran disfrutarse, una vez dado de alta, hasta dieciocho meses después de que haya finalizado el año en el que reafirmó el derecho.
Muchas personas no habrán podido tener este año los días de vacaciones habituales por encontrarse en un ERTE de suspensión de contrato. Sin embargo, aquellos con un ERTE de reducción de jornada podrán disfrutar de sus días de vacacionesaunque ajustando el importe cobrado durante esos días al menor número de horas trabajadas.