Existen circunstancias puntuales en las que no queda mas remedio que faltar al trabajo. Algunas de estas ausencias pueden justificarse, como son las bajas medicas. Pero otros son difíciles de defender o, al menos, no se contemplan. Por ejemplo, acompañar a un familiar al medico o tener que hacer gestiones de tipo administrativo que coincidan en horario con nuestra jornada. ¿Qué typo de faltas están justificadas y no son adecuadas?
Faltar al trabajo sin justificar, un terreno óptimo para la negociación
Fallar un día en el trabajo y no poder justificarlo es algo que pasa mucho. Generalmente, y siempre que haya buena voluntad por ambas partes, la cosa queda en nada. Es importante que el trabajador exponga los motivos y posibles formas de recuperar este tiempoy que la empresa tenga en cuenta las circunstancias de ese trabajador y se flexible.
Pero a veces la negociación no llega a buen puerto, y cuando esto ocurre, en las empresas se descuenta ese día (no se paga ni el salario, ni la parte correspondiente a pagas extras de la jornada que se falta). También puede conllevar una sanción según como se produzcan las ausencias y es por circunstancias puntuales o se trata un hecho continuado.
En este punto, es importante diferenciar entre faltas sin justificación, previamente notificadas, como puede ser acompañar a alguien al médico (hijo, padres), y faltas del tipo «no aparecer por mi puesto de trabajo». son clases de ausencias sin justificación suelen estar reguladas por convenio o incluso por usos y costumbres de la empresa, y se da les da el nombre de días de asuntos propios o libre disposición.
Y ya, en el extremo de la gravedad, faltar al trabajo de forma reiterada sin causa justificada puede ser motivo de despido disciplinario. Esto significa que no tendrás derecho a indemnización por despidoaunque sí al finiquito de las retribuciones pendientes.
¿Te pueden despedir por faltas justificadas?
En la reforma laboral del año 2012 introduje un artículo según el cual la falta de trabajo intermitente, aunque fuera de forma justificada, podía ser motivo de despido por causas jurídicas objetivas. En el año 2020 hoy se derogó el artículo 52 d del Estatuto de los Trabajadores, y lo despido por este motivo, será un despido impropio.
¿Qué es ausencia y qué no lo es?
también es importante diferenciar qué es una ausencia al trabajo de lo que no lo es. No están consideradas ausencias al trabajo las motivadas por:
- Huelga legal
- Representación sindical
- accidentes de trabajo
- Maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia y paternidad
- Licencias y vacaciones
- Enfermedad o accidente no laboral, con baja superior a 20 días
- Tratamiento médico del cáncer o de una enfermedad grave
- Motivado por la situación física o psíquica derivada de la violencia de género, acreditada por los organismos competentes
Hay situaciones imprevistas, como el cuidado de alguien ocasionalmente cercano enfermo, en el que se puede llegar a un acuerdo con la empresa para teletrabajar. Avanzar en cuanto a conciliacion pasa por tener en cuenta circunstancias que no pueden justificarse segun los supuetos laborales. Tener la posibilidad de acumular horas para poder utilizarlas si se necesita puede ser una buena fórmula para evitar ausencias injustificadas al trabajo.