Tanto la prórroga de los ERTE como la actualización del complemento de 378 euros por maternidad, que se plantearon entre los meses de enero y febrero, fueron aprobadas definitivamente por el Congreso la semana pasada. Los dos decretos en que se apoyan serán tramitados como proyectos de ley. Te contamos en qué te afecta y cómo conservan o mejoran tu situación.

Hasta cuándo se prorrogarán los ERTE

Los ERTEs basados ​​en el Real Decreto-ley 8/2020 y los que estaban impedidos por limitación de actividad desde el pasado 1 de octubre se han prorrogado hasta el 31 de mayo. Además, se pueden solicitar nuevos ERTE por impedimento o limitación de la actividad.

Para los trabajadores (como ya sabrás si ha pasado por un ERTE en este tiempo), esto supone que cobrarán una prestación del 70% de la base reguladora, teniendo en cuenta la base por contingencias profesionales de los 180 ultimos dias cotizados. Este es el mínimo legal, pero puede aumentar su asignación según la cantidad de hijos que tenga. También se ha establecido una prestación máxima que puedes cobrar a través del SEPE. Ahora bien, puede que tu empresa haya negociado con vosotros complementaria a la prestación hasta completar la cuantía de tu salario habitualno hay límite fijo.

Otras prórrogas que quedan aprobadas ante el Congreso

Otras prórrogas que han quedado fijadas mediate el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, sobre el refuerzo y consolidación de las medidas sociales en defensa del empleo son las siguientes:

  • Prestación por cese de actividad y otras ayudas dirigidas a autónomos.
  • Para él, el sector cultural está subvencionado.
  • Plan Me Cuida, que da derecho a request una adaption de la jornada oa una reducción para el cuidado de cónyuge, pareja de hecho, hijos, hermanos, abuelos o neitos por causa de las medidas sanitarias frente al COVID-19.
  • Contratos de alquiler y alojamiento temporal en el pago de rentas a arrendatarios en situación de vulnerabilidad económica.

suplemento anual de 378 euros

complemento por maternidad

El otro real decreto aprobado por el Congreso la semana pasada es el que añade un complemento de 378 euros anuales por persona a la cuantía de la pensión de jubilo. Este complemento por maternidad entró en vigor en 2016, pero hasta ahora solo se podía cobrar a partir del segundo hijo y la cuantía dependía de un porcentaje variable que se aplicaba en función del número de hijos que se hubieran tenido. ahora la candid es fija y cuenta cada hijo que se ha tenido.

Por otro lado, esta medida antes iba dirigida solo a las madres, pues el sentido de esta ayuda es paliar los efectos de la brecha salarial que provoca que las mujeres cobren un 30% menos de jubilación que los hombres. Ahora la medida los padres también pueden solicitarlo y su carrera profesional quedó más afectada que la de la madre cuando nacieron los hijos.

Otro cambio con respecto al complemento que se cobraba antes es que podrán solicitarlo también las mujeres que celebraron con anticipación.